El Institut Barcelona Esports debe intensificar la formación específica en estos ámbitos, a raíz de un caso de dos niños, uno de ellos con necesidades específicas, a los que se denegó el acceso a una actividad extraescolar.

Según la promotora de la queja que ha motivado esta resolución, desde hacía dos años sus dos hijos participaban en una actividad extraescolar que organiza una asociación y que se desarrolla en instalaciones municipales. Uno de los niños presenta necesidades específicas de regulación emocional y de conducta, que han generado algunas alteraciones en el desarrollo habitual de las sesiones y sobre las que la familia ya estaba enterada.

La ciudadana explica que, sin previo aviso, se les impidió la entrada. Esto ha generado un fuerte impacto emocional en los niños, provocando que abandonen la actividad. En cambio, la asociación deportiva asegura que comunicó a la familia que habían detectado problemas de comportamiento recurrentes y que ya no podrían asistir juntos, pero los niños hicieron caso omiso. Ante este hecho, les indicó que, si no estaban de acuerdo en realizar la actividad por separado, podían tramitar la baja de las sesiones.

Se debe asegurar el acceso al ocio sin discriminaciones

El derecho al ocio, tanto en actividades organizadas como el juego autónomo en el espacio público, es esencial para el desarrollo integral de los ninos y niñas, y es una herramienta clave para mejorar la salud mental y el bienestar emocional y fomenta sus habilidades sociales. En los casos de niños y niñas con diversidad funcional y/o con neurodivergencia, las administraciones públicas deben asegurar que puedan acceder a las mismas en condiciones de igualdad en actividades lúdicas, recreativas y deportivas, sin discriminación por razones económicas, territoriales, sociales, culturales o de capacidad.

Sin embargo, es comprensible que el personal de los centros deportivos, que son los responsables de poner esto en práctica, trabaja a menudo con recursos limitados y sin la formación adecuada para gestionar incidentes derivados de la diversidad funcional y psicosocial de los niños.

La Sindicatura considera que es necesario atender el malestar legítimo expresado por la familia por la forma en la que se le comunicó la decisión de separar a los hermanos en la actividad deportiva. La asociación habría podido, por ejemplo, proporcionar la información por anticipado y por escrito: en situaciones como ésta, una comunicación clara, empática y formal es primordial para evitar confusiones y garantizar que las familias se sientan escuchadas y respetadas.

Aun así, la defensoría también valora que la entidad deportiva ha mostrado, con posterioridad al incidente, una voluntad responsable y proactiva de resolver la situación: ha presentado una explicación argumentada de los motivos de la decisión y ha ofrecido alternativas concretas y adaptadas para que los niños puedan continuar participando en la actividad.

En mayo, la Sindicatura emitió una resolución sobre el agravio comparativo y la discriminación en el acceso al derecho al ocio que sufren las familias con niños y jóvenes con discapacidad para las actividades municipales T’estiu molt 2025. Además, en el informe anual 2024 se identificaba que una de las principales problemáticas que vulneran el derecho a la educación y al ocio es una actuación inadecuada para abordar conflictos de convivencia con alumnado con diagnóstico de salud mental.

La recomendación de la Sindicatura al Institut Barcelona Esports

Es por todo ello que, en nuestra resolución, recomendamos al IBE que intensifique la formación y sensibilización del personal que trabaja en las entidades deportivas municipales. En esta formación se podría incluir contenidos específicos sobre salud mental infantil, gestión de conflictos, inclusión educativa y comunicación con las familias, con el objetivo de garantizar una respuesta adecuada, respetuosa y adaptada ante situaciones complejas.

La Sindicatura aprecia la labor que lleva a cabo el IBE en la promoción del deporte inclusivo y en la supervisión de las entidades homologadas, y le alienta a ampliar estos esfuerzos, con el fin de garantizar que ningún niño quede excluido del acceso al ocio por razón de su condición personal o familiar.