Pide priorizar la protección de niños y niñas, mujeres y personas vulnerabilizadas e impulsar una respuesta coordinada que favorezca la estabilización residencial y la inclusión social.
Aunque la Sindicatura reconoce las deficiencias de seguridad, salubridad y habitabilidad descritas en los informes municipales, considera que el caso trasciende el ámbito urbanístico y patrimonial y afecta a derechos fundamentales.
Los datos evidencian la insuficiencia del sistema residencial actual, con 139 viviendas adjudicadas por la Mesa de Emergencia entre febrero de 2025 y febrero de 2026 frente a más de 700 solicitudes registradas.
La defensoría reitera la necesidad de avanzar en la futura ley para erradicar el sinhogarismo y consolidar un modelo de intervención basado en los DDHH.
La Sindicatura está impulsando el proyecto piloto Pla Zero Carrer, una iniciativa que defiende que ninguna persona tenga que vivir en la calle y que apuesta por abordar las causas estructurales que originan las situaciones de sinhogarismo.
La Sindicatura de Greuges de Barcelona considera que la ejecución del desalojo del asentamiento situado en la calle Gran de la Sagrera, 18-30, no es compatible, en las circunstancias actuales, con las garantías exigidas por la normativa vigente ni por los estándares internacionales de derechos humanos. La institución concluye que no consta la existencia de alternativas residenciales adecuadas, estables y suficientes para el conjunto de las personas afectadas y recomienda suspender la actuación hasta que estas garantías estén efectivamente aseguradas.
La Sindicatura inició una actuación de oficio en abril de 2026 tras tener conocimiento, a través de Amnistía Internacional y Amics del Moviment Quart Món, del inminente desalojo de este asentamiento del distrito de Sant Andreu. Según la información analizada, se trata de un espacio de titularidad municipal que constituye la residencia habitual de decenas de personas que no disponen de una alternativa habitacional adecuada y que, en muchos casos, mantienen un seguimiento social continuado por parte de los servicios municipales.
Una realidad compleja que afecta a 66 personas
El estudio pone de manifiesto que en el asentamiento residen aproximadamente 66 personas distribuidas en diferentes núcleos de convivencia. Entre ellas hay niños y niñas, mujeres, personas con problemas de salud, personas en situación administrativa irregular y personas con una larga trayectoria de vida en Barcelona y su área metropolitana.
La Sindicatura subraya que no se trata de una realidad homogénea ni puntual, sino de una situación compleja que requiere una respuesta especialmente cuidadosa por parte de los poderes públicos.
Una parte importante de las personas afectadas participa actualmente en procesos de inclusión social, seguimiento profesional y acompañamiento especializado relacionados con la salud, la educación, el asesoramiento jurídico o la inserción social. La institución alerta de que un desalojo sin una alternativa adecuada podría interrumpir estos procesos, dificultar el acceso a los servicios esenciales y debilitar vínculos sociales y comunitarios consolidados a lo largo de los años.
Los recursos de emergencia no aseguran una vivienda adecuada
El análisis efectuado pone de manifiesto que las principales alternativas ofrecidas hasta ahora se centran en recursos temporales de emergencia, como centros de primera acogida.
La defensoría considera que la mera existencia de estos recursos no permite dar por cumplida la obligación de garantizar un realojo adecuado. Las situaciones de exclusión residencial severa requieren respuestas adaptadas a las circunstancias personales, familiares, laborales y sanitarias de cada persona.
La Sindicatura recuerda, además, las limitaciones estructurales del sistema residencial actual. Los datos disponibles indican que entre febrero de 2025 y febrero de 2026 la Mesa de Emergencia adjudicó 139 viviendas, mientras que en el mismo período se registraron más de 700 solicitudes. Según la institución, estas cifras evidencian las dificultades existentes para ofrecer soluciones estables a todas las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad residencial.
Un caso que va más allá del ámbito urbanístico
Aunque la Sindicatura reconoce las deficiencias de seguridad, salubridad y habitabilidad descritas en los informes municipales, considera que el análisis del caso no puede limitarse a una perspectiva urbanística o patrimonial.
La institución defiende que esta situación afecta directamente a derechos fundamentales vinculados a la vivienda, la salud, la educación, la dignidad y la inclusión social. Por ello sostiene que cualquier intervención destinada a erradicar una situación de infravivienda debe incorporar simultáneamente medidas efectivas de protección de los derechos de las personas residentes.
La Sindicatura también advierte de que las actuaciones basadas exclusivamente en la desaparición física de los asentamientos, sin alternativas suficientes, no resuelven las causas estructurales de la exclusión residencial y pueden acabar reproduciendo el fenómeno en otros espacios de la ciudad.
Es necesario reforzar las políticas públicas contra el sinhogarismo
Para la Sindicatura, este caso trasciende la situación concreta del asentamiento de La Sagrera y pone de manifiesto la necesidad de reforzar las políticas públicas de prevención y erradicación del sinhogarismo y de la exclusión residencial severa.
La institución participa en la Taula de Ciutat per l’Abordatge del Sensellarisme e impulsa el proyecto piloto Pla Zero Carrer, una iniciativa que defiende que ninguna persona tenga que vivir en la calle y que apuesta por abordar las causas estructurales que originan las situaciones de sinhogarismo. Se trata de una propuesta innovadora y colaborativa que plantea priorizar la acción municipal, implicar a diferentes ámbitos de la administración, reforzar la colaboración entre administraciones, entidades sociales y agentes económicos, e incorporar una mirada metropolitana.
El Pla Zero Carrer prevé un proyecto piloto orientado a transformar el abordaje actual, pasando de la gestión de la emergencia a la erradicación sistemática del problema. La voluntad es superar el discurso del efecto llamada y apostar por el efecto espejo: convertir el Pla Zero Carrer en un referente para afrontar las problemáticas estructurales asociadas al sinhogarismo e inspirar a otros municipios a seguir el mismo camino.
En la misma línea, la Sindicatura recuerda las conclusiones del Dictamen 1/2024 sobre la proposición de ley para erradicar el sinhogarismo, en el que dio apoyo a la creación de un marco normativo específico que refuerce las obligaciones de las administraciones en materia de prevención, atención y garantía de derechos.
La institución reitera que es imprescindible avanzar en la aprobación y el despliegue efectivo de esta futura ley, así como dotarla de los recursos humanos, técnicos y presupuestarios necesarios para garantizar su aplicación efectiva. Según la Sindicatura, el caso de La Sagrera ejemplifica los retos que deberá afrontar esta futura norma en situaciones donde convergen exclusión residencial cronificada, vulnerabilidad social y ausencia de alternativas habitacionales suficientes.
Por todo ello, la Sindicatura concluye que la ejecución inmediata del desalojo no supera, en las circunstancias actuales, las exigencias derivadas de los principios de proporcionalidad, buena administración e interés superior del menor, e insta a las administraciones competentes a priorizar una respuesta que garantice efectivamente los derechos y la dignidad de todas las personas afectadas.
El combate contra la infravivienda no puede generar más exclusión residencial
La resolución pone de manifiesto que la necesaria erradicación de las situaciones de infravivienda no puede comportar un agravamiento de la vulnerabilidad residencial de las personas afectadas.
La Sindicatura recuerda que el derecho a la vivienda y los estándares internacionales de derechos humanos establecen que los desalojos deben tener carácter excepcional y que las administraciones deben evitar que su actuación desemboque en nuevas situaciones de sinhogarismo o de exclusión residencial severa.
En este sentido, la institución considera que la cuestión relevante no son únicamente las condiciones materiales del asentamiento, sino también las consecuencias que puede tener su desaparición si esta no va acompañada de soluciones residenciales adecuadas. La finalidad de proteger a las personas residentes no puede traducirse en una pérdida aún mayor de derechos ni en una precarización superior de sus condiciones de vida.
La protección de los niños y niñas debe ser una consideración prioritaria
La presencia acreditada de niños y niñas, así como de mujeres y personas con necesidades sociales o sanitarias específicas, obliga a incorporar una perspectiva de derechos en cualquier decisión que afecte al asentamiento.
La Sindicatura considera que el principio del interés superior del menor exige valorar de manera específica el impacto que cualquier actuación puede tener sobre la escolarización, la salud, la estabilidad residencial y el desarrollo personal de los niños y niñas afectados.
Por este motivo, una de las recomendaciones dirigidas a la Comisionada de Acción Social es que priorice especialmente la protección de los colectivos más vulnerables y garantice que cualquier alternativa residencial respete plenamente los estándares de derechos humanos.
Imagen: Betevé.