En el marco de la Semana sin Ruido 2021, la síndica de greuges de Barcelona, Maria Assumpció Vilà, hace un repaso de los principales motivos de queja de la ciudadanía relacionados con la contaminación acústica en Barcelona, los datos, las actuaciones del ayuntamiento y la valoración que lleva a cabo la Sindicatura.

Cifras de quejas de contaminación acústica y principales motivos

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Básicamente, los motivos de queja más recurrentes vinculados a la contaminación acústica son los siguientes:

  • Contaminación acústica derivada de la recogida de basura, especialmente la recogida selectiva de muebles y trastos viejos (voluminosos) que se lleva a cabo en horario nocturno.
  • Contaminación acústica generada por maquinaria: equipos de climatización o sistemas de extracción de humos por ejemplo.
  • Contaminación acústica derivada de locales de ocio y restauración (música, comportamientos).
  • Contaminación acústica derivada de la convivencia de vecinos (gritos, ladridos de perro, movimiento de muebles).

Los efectos de la contaminación acústica

El informe recientemente presentado “Soroll ambiental i salut a la ciutat de Barcelona”, elaborado por la Agencia de Salud Pública de Barcelona (ASPB) constata que el 57% de la población está expuesta a niveles de ruido superiores a los que la OMS ya considera negativos para la salud, y un 27% de la población lo está a niveles mucho por encima de este umbral. El informe de la ASPB concluye que el ruido tiene efectos en la salud emocional y psicológica y puede producir trastornos del sueño y enfermedades cardiovasculares.

El estudio añade que 210.000 personas sufren una molestia intensa por ruido, más de 60.000 tienen trastorno del sueño y que alrededor del 3% de las muertes por enfermedad cardiovascular serían atribuibles a esta causa. Del informe también se concluye que este impacto tiene lugar de forma más concentrada en los barrios del centro de la ciudad y que coincide con los distritos de los cuales se reciben más quejas en esta Sindicatura.

Las molestias acústicas que genera la recogida de muebles y trastos viejos

En los últimos años, la ciudadanía se ha dirigido a la Sindicatura de Greuges de Barcelona para exponer las molestias de ruido que genera la recogida de muebles y trastos viejos en la ciudad, tanto por la manera en la que se depositan los diferentes enseres en los camiones de recogida como por el fuerte volumen de las conversaciones de los trabajadores que las ejecutan. Las personas promotoras de las quejas, que en estos casos son vecinos y vecinas de los Distritos de Sants-Montjuic, Gracia, Eixample, Ciutat Vella y Sant Martí, mayoritariamente, manifiestan que no pueden descansar las noches que se lleva a cabo la recogida selectiva de voluminosos en su calle.

Qué hace el Ayuntamiento para solucionarlo?

El Ayuntamiento de Barcelona ha informado a la Sindicatura de Greuges de Barcelona de las medidas tomadas para minimizar las molestias acústicas, centradas en dos ejes: medidas técnicas implementadas en la flota de vehículos para reducir el ruido y cumplir las directivas europeas, y medidas orientadas a la formación y sensibilización medioambiental de los trabajadores.

Los operarios que llevan a cabo los servicios de limpieza y recogida tienen la obligación de minimizar las molestias a la ciudadanía cuando ejecutan las tareas encomendadas y reciben una formación específica al respeto. Para minimizar los ruidos durante la recogida de voluminosos el personal trabajador tiene la obligación de acompañar el voluminoso y no depositarlo de golpe en el vehículo. Como norma general, no se tienen que tirar los residuos voluminosos directamente a la caja del vehículo, sino que se debe utilizar la plataforma elevadora para minimizar el ruido y colocar los residuos de forma ordenada y evitando los golpes.


También tienen la instrucción de no levantar la voz: la formación en materia de sensibilización ambiental que se realiza hace un especial énfasis en la necesidad de comunicarse entre las personas operarias de la forma más silenciosa posible. El estilo de conducción es una potencial fuente de ruido y en este sentido se ejecutan esfuerzos educativos dirigidos a los conductores para disminuir el ruido relacionado con la conducción de los vehículos adscritos al servicio.

La valoración de la síndica

En este sentido, es notorio que el consistorio ha destinado esfuerzos para intentar minorar las molestias que genera la recogida selectiva de residuos voluminosos, y ha implementado una serie de medidas para hacer frente, entre otras las que determina el artículo 44-5 de la Ordenanza del medio ambiente urbano, con relación al uso de vehículos de los servicios públicos municipales, sobre fomentar las tareas de formación adecuadas para que el personal que utiliza los vehículos municipales tome conciencia que tiene que realizar sus tareas con el menor impacto sonoro posible. Igualmente se prevé que los pliegues de cláusulas económicas administrativas y de prescripciones técnicas de estos servicios deban introducir todas aquellas medidas y mejoras técnicas que permitan disminuir el impacto acústico. Se debe tener en cuenta que estos servicios se tienen que prestar con el mínimo impacto sonoro, tanto en cuanto a los mismos vehículos como en cuanto a las tareas de recogida.

Aunque valoramos las medidas municipales emprendidas para reducir el ruido que genera este tipo de recogida de residuos, las molestias continúan en muchas calles de la ciudad y afectan las personas que habitan. Por este motivo, y teniendo en cuenta el artículo 15.3 de la Ley 16/2002, de 28 de junio, de protección contra la contaminación acústica, que fija el horario de funcionamiento de la maquinaria utilizada en los trabajos a la vía pública de 8 a 20 horas, salvo los que se hacen por razones de necesidad no se pueden hacer durante el día, la síndica vuelve a reclamar (como ya lo hace desde el 2017) un adelanto en el horario de realización de los servicios para minimizar las molestias de ruido nocturno y el impacto que estas producen en la salud de las personas.

Otro tipo de molestias acústicas y las posibilidades que ofrece la mediación

Por otro lado, cada vez se reciben más casos de molestias generadas por la misma convivencia entre las personas en el seno de las comunidades a las cuales pertenecen, como pueden ser las causadas por los trabajadores de un establecimiento de pública concurrencia al llevar a cabo su trabajo, así como las derivadas de las mismas relaciones de vecindad en una misma finca.

 
Respecto las problemáticas derivadas del ruido, la Sindicatura de Greuges de Barcelona ha recomendado al consistorio, en diferentes ocasiones, actuar de forma proactiva proponiendo la mediación entre los afectados, para entender que más allá de la posible ponderación entre derechos vulnerados y/o  infracción administrativa, existe un conflicto de convivencia que debe abordarse. Se entiende que la obligación de la administración es garantizar y tutelar derechos, pero también implica potenciar mecanismos de gestión positiva de la convivencia ofreciendo fórmulas que fomenten el diálogo, la corresponsabilización mediante la  participación activa de la ciudadanía, y que permitan resolver o evitar la cronificación o escalada de la situación.

 
La mediación se presenta como una vía que permite encontrar soluciones más ágiles y eficaces, fomentando la convivencia positiva, pero en ningún caso exime a la Administración de su deber de actuación ante las manifiestas vulneraciones de derechos.

Sin servicio de recogida de voluminosos durante el estado de alarma

El servicio de recogida selectiva de voluminosos fue suspendido durante los primeros meses del estado de alarma. Se volvió a activar en fecha 18 de mayo de 2020.
Durante el periodo de confinamiento se informó la ciudadanía vía web, intranet municipal, y otros canales de comunicación, de la suspensión de este servicio y que no bajaran los muebles a la vía pública el día que tocaba.


Según la Carta Europea de Salvaguardia de los Derechos Humanos en la Ciudad, firmada por el Ayuntamiento, las autoridades locales tienen que garantizar la eficacia de los servicios públicos y su adaptación a las necesidades de los usuarios para evitar cualquier situación de discriminación o abuso. Se concluye que, en referencia al servicio de recogida de residuos voluminosos durante el tiempo del estado de alarma, el consistorio no actuó de forma ajustada a derecho, puesto que se suprimió un servicio imprescindible para mantener un correcto estado de higiene y seguridad en la ciudad, y se limitó únicamente a actuaciones puntuales para corregir conductas incívicas o inapropiadas.


Esta Sindicatura considera que tratándose de un servicio esencial para el buen funcionamiento de la ciudad, no se debería haber suprimido durante el estado de alarma. De hecho, una buena parte de la ciudadanía mostró su desacuerdo en aquel momento por la acumulación de enseres de todo tipos que se veían por las calles de la ciudad, puesto que muchas personas, aprovechando que estaban en casa y no podían salir ni para trabajar, se dedicaron a ordenar sus hogares y deshacerse de todo aquello que no necesitaban.

Por otro lado, cuando se retomó el servicio de recogida de voluminosos en la ciudad, el servicio continuó desarrollándose en horario nocturno. Sabiendo que en aquel momento no había afectaciones a la movilidad por las calles de la ciudad, lo más prudente habría estado realizar el servicio en horario diurno para reducir las molestias a los vecinos y vecinas de la ciudad.