Después de analizar las iniciativas ciudadanas de la FAVB y del Gremio de Restauración, concluimos que una nueva norma debe abordarse respetando la igualdad, la accesibilidad, el medio ambiente y el descanso, para encontrar un equilibrio entre la actividad económica y el derecho a la ciudad.
Es necesario valorar la modificación de la normativa actual, o la dotación de más recursos, para evitar los incumplimientos reiterados.
La Federación de Asociaciones Vecinales (FAVB) presentó una queja en la que pedía que la Sindicatura examinara su iniciativa ciudadana para que se apruebe una nueva Ordenanza de terrazas, y que la comparara con la que, posteriormente, elaboró el Gremio de Restauración. Ambas iniciativas ya cuentan con las firmas requeridas. Según la FAVB, este análisis facilitaría su tramitación y enriquecería el debate.
La defensoría, en su resolución, considera que las ordenanzas municipales sobre terrazas tienen un impacto directo en varios derechos humanos de proximidad, por lo que es necesario abordar este tema con un enfoque que los proteja. La nueva regulación debe promover un uso equitativo del espacio público y preservar el derecho a la ciudad, es decir, que toda la ciudadanía pueda vivir en un entorno urbano inclusivo y participar en su elaboración. Por eso, se examinan las propuestas en relación a unos derechos humanos de proximidad específicos:
- A la igualdad y a la accesibilidad:
La ordenanza actual no recoge las previsiones contenidas en el Reglamento de accesibilidad de Catalunya. Entre las nuevas obligaciones aplicables a las terrazas, cabe destacar la obligación que estén delimitadas por cerramientos que generen una doble fachada, y que los establecimientos con más de cincuenta plazas dispongan de un mínimo del 20% de mesas accesibles, con aseos y señalización también accesibles.
La nueva ordenanza debería incorporar de forma clara, explícita y en el cuerpo del texto las disposiciones relativas a la accesibilidad universal y al reglamento catalán específico. Esto facilitaría la comprensión y aplicación de unos criterios por parte de sus destinatarios, como los y las responsables de los establecimientos de restauración, evitando así conflictos, sanciones o revocaciones de permisos por incumplimiento. El Ayuntamiento, por su parte, afianzaría el compromiso institucional con la igualdad de oportunidades y la inclusión social.
- Al medio ambiente:
La ocupación intensiva del espacio público puede incrementar la contaminación acústica y lumínica. La nueva normativa debería incorporar criterios de sostenibilidad ambiental y eficiencia energética, para encontrar un equilibrio entre la actividad económica y la salud ambiental y social de la ciudad.
Uno de los elementos que generan mayores emisiones contaminantes son las estufas exteriores. Aunque las eléctricas son más eficientes que las de butano o propano, el impacto global en emisiones puede ser mayor. Por ello, la Agencia de Energía de Barcelona propone valorar no autorizar la calefacción de las terrazas como medida para reducir el impacto ambiental y energético. En este sentido, la Sindicatura ya emitió este año una resolución en la que se invitaba al consistorio a considerar esta prohibición.
- Al descanso:
El ruido persistente puede incidir negativamente en la convivencia pacífica y en la intimidad de las personas, como ha puesto de manifiesto la Sindicatura en varias resoluciones, la última de las cuales se publicó en agosto. Para evitarlo, el Ayuntamiento podría incorporar mecanismos de control: limitación de horarios, instalación de sonómetros o revisión de licencias en zonas muy sensibles.
Con esta perspectiva, la ordenanza municipal sobre terrazas debería prever, de forma explícita, el derecho al descanso como principio regulador.
¿Y si se vulneran estos derechos?
Para reforzar la eficacia de las normas, desde la Sindicatura de Greuges de Barcelona se considera que es necesario valorar fórmulas que permitan aplicar las consecuencias jurídicas previstas en la normativa, como las sanciones, a los casos de incumplimiento reiterado.
Cuando las infracciones no se castigan, pueden consolidarse prácticas que afecten negativamente al interés general o que vulneren derechos individuales. La aplicación coherente de las medidas sancionadoras previstas puede actuar como mecanismo preventivo y corrección de estas prácticas. Por otra parte, es necesario garantizar que se ejecuten las normas uniformemente, para evitar agravios comparativos entre quiénes las cumplen y quiénes no.
Por todo ello, consideramos en nuestra resolución que el Ayuntamiento no debería esperar a aprobar una nueva ordenanza de terrazas para reforzar su eficacia. El consistorio debería valorar la posibilidad de revisar su redacción, o aumentar la dotación de recursos que permitan tramitar los procedimientos dentro de los plazos establecidos.