Cuatro resoluciones evidencian denegaciones reiteradas del servicio a niños y niñas con discapacidad, pese a cumplir los requisitos.
La institución reclama cambios para asegurar una respuesta efectiva y equitativa a las necesidades de movilidad escolar.
Barcelona, 30 de abril de 2026 – La Sindicatura de Greuges de Barcelona ha concluido, a raíz del análisis de cuatro quejas ciudadanas, que el derecho al transporte escolar adaptado para niños y niñas con discapacidad no está suficientemente garantizado en la ciudad. Las resoluciones evidencian que, en varios casos, la Administración ha denegado este servicio pese a que los menores afectados cumplían los requisitos previstos, lo que puede dificultar o limitar el acceso efectivo a la educación en condiciones de igualdad.
Cuatro casos con elementos comunes
Los expedientes analizados corresponden a niños y niñas de entre 8 y 12 años con grados de discapacidad iguales o superiores al 65% (algunos con baremo de movilidad y situaciones de dependencia reconocida), que no pueden utilizar el transporte público ordinario. Tres de los casos afectan a familias residentes en Barcelona con hijos e hijas escolarizados en centros de educación especial alejados del domicilio, mientras que el cuarto corresponde a un niño de fuera del municipio que debe asistir a un centro de la ciudad por falta de oferta en su entorno.
En todos los casos, las familias solicitaron el servicio de transporte escolar adaptado y la respuesta fue negativa. Las denegaciones se fundamentan principalmente en la falta de rutas disponibles o en interpretaciones restrictivas de la normativa, como la inexistencia de la obligación de cubrir desplazamientos dentro del mismo municipio.
Un marco normativo con mecanismos infrautilizados
La normativa vigente prevé tres modalidades de acceso al transporte escolar: transporte discrecional con rutas específicas, uso de transporte público regular y, subsidiariamente, ayudas individuales de desplazamiento. Este último mecanismo debe garantizar el servicio cuando no sea posible establecer una ruta. Sin embargo, la Sindicatura constata que este sistema no se está desplegando plenamente. En particular, no existe un procedimiento claro y accesible para tramitar ayudas individuales, lo que limita las opciones reales de las familias y deja sin respuesta situaciones en las que la creación de rutas no es viable.
El derecho al transporte escolar adaptado, insuficientemente garantizado
Las resoluciones coinciden en señalar que las denegaciones no se basan en criterios suficientemente ajustados a derecho y pueden comportar situaciones de desigualdad. La falta de rutas o las dificultades logísticas para crear otras nuevas no pueden justificar, por sí solas, la negativa a prestar el servicio, especialmente cuando los niños y niñas acreditan dificultades de movilidad o condiciones que impiden el uso del transporte ordinario.
Además, la Sindicatura subraya que los niños y niñas afectados cumplen los requisitos establecidos por la normativa, ya sea porque han sido escolarizados en centros propuestos por la Administración en puntos distantes del domicilio o porque, en ausencia de centros en el municipio de residencia, deben desplazarse obligatoriamente a otras localidades.
Deficiencias en el procedimiento y la comunicación
Las resoluciones también ponen de manifiesto carencias en la tramitación administrativa. En todos los casos, las familias no han recibido ninguna resolución o comunicación de la Administración, sino que tuvieron conocimiento de la denegación del servicio a través de los respectivos centros educativos. Esta práctica no se ajusta a los principios de buena administración ni a las obligaciones legales de resolución expresa y notificación a las personas interesadas, lo que dificulta el ejercicio y la defensa de los derechos de las personas solicitantes.
Las recomendaciones de la Sindicatura
Ante esta situación, la Sindicatura insta al Consorcio de Educación de Barcelona a adoptar las medidas necesarias para garantizar, de manera efectiva, el derecho al transporte escolar adaptado, asegurando todas las modalidades previstas por la normativa, incluidas las ayudas individuales cuando no sea posible establecer rutas. Asimismo, considera imprescindible revisar el procedimiento de tramitación de las solicitudes para garantizar resoluciones expresas, motivadas y notificadas correctamente a las familias.
La Sindicatura concluye que el transporte escolar adaptado es una pieza clave para garantizar el derecho fundamental a la educación de los niños y niñas con discapacidad. Por este motivo, advierte de que las disfunciones detectadas pueden generar vulneración de derechos y situaciones de desventaja, e insta a las administraciones a situar las necesidades de los niños y niñas en el centro de las decisiones para asegurar una respuesta equitativa en toda la ciudad. En definitiva, todos los niños y niñas con discapacidad, física, sensorial o de otro tipo, que acrediten dificultades de movilidad, deben tener plenamente garantizado el derecho a un transporte escolar adaptado y gratuito.