Hace unas semanas, la síndica de greuges de Barcelona, Maria Assumpció Vilà, hizo público que el Ayuntamiento de Barcelona se había inhibido de sus competencias inspectoras y sancionadoras ante la formulación de una denuncia, realizada por SOS Racisme, por una presunta vulneración del derecho de admisión por discriminación en un establecimiento de ocio nocturno de Ciutat Vella. En una resolución, Vilà recordaba al Distrito de Ciutat Vella la obligación que tiene, ante una denuncia de un particular o una entidad en materia de su competencia, de iniciar un procedimiento sancionador o bien emprender las actuaciones necesarias para comprobar si procede o no su iniciación, y recomendó articular, en casos de infracciones en materia de discriminación, un proceso sancionador que incluya la práctica mediadora de tal forma que ofrezca garantías al denunciante que la conducta reprochada se corregirá o será sancionada de acuerdo con las disposiciones legales. El 21 de octubre, poco tiempo después de la denuncia pública de la síndica y SOS Racisme, la Comisión de Presidencia, Derechos de Ciudadanía, Participación y Seguridad y Prevención aprobó, a petición de ERC, una proposición que insta el Ayuntamiento, en los casos de infracciones en materia de discriminación en los establecimientos, a iniciar un procedimiento sancionador que incluya la práctica mediadora o bien emprenda las actuaciones necesarias para comprobar si procede o no su iniciación.
El Ayuntamiento actuará ante los casos de discriminación en los locales de pública concurrencia, como ha recomendado la síndica
1/09/2015